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martes, 12 de febrero de 2013

JUICIOS ORALES EN MÉXICO
En terminos generales, los sistemas acusatorio son orales,públicos y con elevados niveles de transparencia. En cambio, los sistemas inquisitivos son escritos, cerrados y con elevados niveles de hermetismo.
En el sistema oral no hay expediente, pues la acumulación de pruebas escritas en un registro no tienen valor pera iniciar el caso o para determinar la culpabilidado inocencia del acusado. para que las pruebas sean válidas y eficientes y dar inicio al procedimiento penal, el MP debe presentarlas de manera oral ante el juez de garantías, quien de considerarlo conveniente dará inicio al proceso y dictará las medidas cautelares necesarias para proteger los derechos de víctimas y acusados.
Concluida la investigación, se presentará la totalidad de las pruebas del caso en audiencia pública,ante el juez (o jueces) de juicio oral, quien será una persona distinta al Juez de Garantías. El juez no puede delegar la celebración de la audiencia a un funcionario del juzgado. Su presencia es obligatoria.
Durante la audiencia pública tanto la víctima como el acusado tienen el derecho de escuchar el caso, confrontar las pruebas y presentar sus propios argumentos de manera directa frente al juez.

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